Muchos jubilados cobran un haber más bajo del que les corresponde porque el cálculo inicial o la movilidad quedaron atrasados frente a la inflación. La buena noticia: hay jurisprudencia de la Corte Suprema que respalda el reclamo de reajuste de haberes, muchas veces con importantes retroactivos.

Los tres fallos clave

Badaro (2006 y 2007)

La Corte sostuvo que el haber jubilatorio debe mantener una proporción razonable con el salario en actividad y ordenó actualizar las prestaciones que habían quedado congeladas, marcando el camino para los reclamos por movilidad.

Elliff (2009)

La Corte fijó cómo deben actualizarse las remuneraciones que se usan para calcular el haber inicial de la jubilación, de modo que el cálculo no licúe los aportes realizados durante la vida laboral.

Blanco (2018)

La Corte estableció pautas sobre el índice de actualización de las remuneraciones computables para determinar el haber inicial, dejando de lado criterios que perjudicaban al jubilado. Reafirmó la línea de Elliff.

¿Cuándo conviene reclamar?

  • Cuando el haber inicial fue mal calculado o las remuneraciones se actualizaron con un índice desfavorable.
  • Cuando la movilidad aplicada no acompañó la inflación y tu haber quedó rezagado.

¿Cómo es el trámite?

El reajuste se reclama ante la Justicia Federal de la Seguridad Social. Suele resolverse en un plazo de 1 a 3 años y, si prospera, se reconoce el nuevo haber más los retroactivos (con un límite de prescripción hacia atrás). Conviene analizar primero tu caso para estimar si el reclamo es conveniente.

¿Querés saber si te corresponde un reajuste? En el estudio revisamos tu situación previsional y te decimos con franqueza si conviene reclamar. Escribinos: la primera consulta es sin cargo.

Esta nota es informativa y no reemplaza el asesoramiento legal sobre tu caso particular.