La Ley de Modernización Laboral N.º 27.802 (publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026) reformó el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo y cambió la forma de calcular la indemnización por despido sin causa. Te explicamos cómo queda hoy.
La fórmula base
La indemnización por antigüedad sigue siendo de un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a 3 meses, tomando como referencia la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año (o de todo el tiempo trabajado, si fue menor).
Qué entra (y qué no) en la base de cálculo
El nuevo artículo 245 precisa que solo se computan los conceptos de carácter mensual y habitual. Por eso quedan excluidos:
- El SAC (aguinaldo).
- Las vacaciones.
- Los premios o bonificaciones no mensuales (o pagados durante menos de seis meses en el año).
El tope y el piso
- Tope: la base salarial no puede superar el equivalente a tres veces el salario promedio mensual del Convenio Colectivo de Trabajo aplicable.
- Piso: la base no puede ser inferior al 67% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual (la garantía mínima que la Corte fijó en el caso «Vizzoti», hoy incorporada a la ley).
- La indemnización nunca puede ser menor a un mes de sueldo.
Qué más te corresponde en un despido sin causa
Además de la indemnización por antigüedad, el despido sin causa suele incluir:
- Preaviso (o su indemnización sustitutiva).
- Integración del mes de despido.
- SAC y vacaciones proporcionales y los días trabajados del último mes.
El nuevo fondo de cese laboral
La reforma habilita que, mediante convenio colectivo, se reemplace el régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral a cargo del empleador (Título II de la Ley 27.802). Su aplicación depende de cada actividad y todavía resta reglamentación.
En resumen
La reforma es reciente y algunos puntos esperan reglamentación, así que cada caso conviene revisarlo en concreto: la base, la antigüedad y el convenio aplicable cambian mucho el número final. Si te despidieron, escribinos: calculamos tu liquidación y te decimos sin vueltas qué podés reclamar. La primera consulta es sin cargo.
Esta nota es informativa y no reemplaza el asesoramiento legal sobre tu situación particular.