Una de las consultas más frecuentes en derecho de familia es cuánto corresponde de cuota alimentaria. La respuesta corta: no hay un número fijo. La cuota se fija en función de dos variables —los ingresos del progenitor que la debe y las necesidades del hijo— y se puede revisar con el tiempo.

¿Qué cubre la cuota alimentaria?

Los alimentos no son solo comida. El Código Civil y Comercial incluye alimentación, vivienda, vestimenta, educación, salud, esparcimiento y los gastos por enfermedad. En el caso de los hijos, también abarca lo necesario para su crianza y desarrollo.

¿Cómo se determina el monto?

  • Como porcentaje del sueldo: cuando el alimentante tiene un ingreso registrado, suele fijarse entre el 20% y el 30% de los haberes por hijo (el porcentaje baja si hay varios hijos).
  • Como suma fija ajustable: cuando el ingreso es informal o variable, se fija un monto en pesos con una pauta de actualización (por ejemplo, según el SMVM o un índice).

El juez pondera la edad del hijo, su escolaridad, su salud y el nivel de vida que tenía la familia.

¿Cómo se actualiza para que no la coma la inflación?

Para evitar que la cuota pierda valor, se incluye una cláusula de actualización automática. Las más usadas se atan al Salario Mínimo Vital y Móvil, a los aumentos del convenio del alimentante o a índices oficiales. Si la cuota quedó vieja, se puede pedir su aumento.

No me pagan la cuota: ¿qué puedo hacer?

El incumplimiento tiene herramientas concretas y eficaces:

  • Embargo del sueldo o de cuentas del deudor.
  • Inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, que impide renovar la licencia de conducir, sacar pasaporte, abrir cuentas o realizar ciertos trámites.
  • Denuncia penal por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar (Ley 13.944).
  • Aplicación de intereses y astreintes (sanciones por día de demora).

En resumen

La cuota alimentaria se puede fijar, aumentar, reducir y ejecutar. Si estás por separarte, si la cuota que cobrás quedó atrasada o si el otro progenitor no paga, escribinos: revisamos tu caso y te decimos cómo conviene encararlo. La primera consulta es sin cargo.

Esta nota es informativa y no reemplaza el asesoramiento legal sobre tu situación particular.

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